El fluoruro está regulado como parámetro químico en el agua de consumo. En España, el Real Decreto 3/2023 establece un valor paramétrico de 1,5 mg/L, alineado con la Directiva (UE) 2020/2184. La OMS utiliza 1,5 mg/L como valor guía de referencia. Los requisitos concretos fuera de la UE deben revisarse país por país.
Consecuencias de una superación
La superación del valor paramétrico requiere aplicar el marco de calificación sanitaria, comunicación, evaluación de riesgos y medidas correctoras previsto en la normativa y por la autoridad competente. No debe afirmarse que todas las superaciones conllevan automáticamente idénticas restricciones.
Tratamiento y control
El operador debe comprobar la calidad final del agua y evitar que la medida correctora deteriore otros parámetros. La instalación de un sistema de tratamiento no elimina las obligaciones de autocontrol y reporte.
Fuentes oficiales
- Real Decreto 3/2023 (BOE)
- Directiva (UE) 2020/2184 (EUR-Lex)
- Organización Mundial de la Salud — Agua, saneamiento e higiene
Este contenido no constituye asesoramiento normativo para países fuera de la UE: en cada caso debe verificarse la legislación específica aplicable.